Deducciones fiscales por donativos a ONG (Fundaciones y asociaciones sujetas a la ley 49/2002)
Personas físicas (IRPF)
Deducción en cuota íntegra. Límite 10% base liquidable.
Hasta 150€ de donación
80%
Resto de donaciones a partir de 150€
35%
40%
Cuando en el ejercicio y en los resultados anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad.
Consultar deducciones adicionales en determinadas comunidades autónomas.
Personas jurídicas (IS)
Deducción en cuota íntegra. Límite 10% base liquidable.
Importe de la donación
35%
40%
Cuando en el ejercicio y en los resultados anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad.
Si excede el límite: Se puede aplicar en los 10 ejercicios inmediatos y sucesivos.
Deducción adicional del 5% si la actividad a la que se dona está considerada prioritaria por la Ley de Presupuestos del Estado.